Se publica Orden Ministerial por la que se regula la obtención del sello de Pequeña y Mediana Empresa (PYME) Innovadora y se crea y regula el funcionamiento del

El BOE número 139 de 11 de junio de 2015 publica la Orden ECC/1087/2015​, de 5 de junio, por la que se regula la expedición del sello de PYME Innovadora y se crea y regula el funcionamiento del Registro público de la PYME Innovadora.​

El Registro público de PYMES innovadoras dependerá de la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía y Competitividad y sus funciones serán inscribir a las empresas que cumplan con la definición de PYME innovadora, mantener actualizada la relación de las que mantengan vigentes los requisitos exigidos así como permitir el acceso libre, mediante medios electrónicos, a la información contenida en el mismo.

La definición de PYME innovadora y los criterios para poder considerar a una PYME como intensiva en I+D+i quedaron recogidos en el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador. En dicho Real Decreto se establece como una de las formas para demostrar que una PYME es intensiva en I+D+i el disponer de una patente propia en explotación en un período no superior a cinco años anterior al ejercicio del derecho de bonificación.​

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